ISITRANS

RESTRICCIÓN A LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES

[et_pb_section admin_label=»section»][et_pb_row admin_label=»row»][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»left» use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]

desde 01 de Marzo 2015 (Foto Seguridad Vial Nacional).

RESTRICCIÓN DE CAMIONES Con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir hechos de tránsito, la Agencia Nacional de Seguridad Vial implementa la restricción a la circulación de camiones durante fines de semana largo y recambios de quincena. La medida, desarrollada junto a la Dirección Nacional de Vialidad, se aplica a camiones de más de 3.500 kg en las rutas nacionales del país y en los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

FECHAS Y HORARIOS

La Disposición establece el siguiente cronograma:

FECHA HORARIO SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN AUTOPISTAS DE ACCESO A LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Jueves 01 de enero 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Jueves 15 de enero 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Viernes 16 de enero 8:00 a 14:00 hs. Ascendente (salida)

Sábado 31 de enero 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Domingo 01 de febrero 8:00 a 14:00 hs . Ascendente (salida)

Viernes 13 de febrero 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Martes 17 de febrero 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Domingo 01 de marzo 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Viernes 20 de marzo 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Martes 24 de marzo 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Miercoles 01 de abril 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Jueves 02 de abril 8:00 a 14:00 hs . Ascendente (salida)

Domingo 05 de abril 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Jueves 30 de abril 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Domingo 03 de mayo 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Viernes 22 de mayo 18:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)

Lunes 25 de mayo 18:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)

Quedan exceptuados de la medida:

Transportes de leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, de animales vivos, de productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, de atención de emergencias, de asistencia de vehículos averiados o accidentados, cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, de transporte de medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]